PRESENTACIÓN DE LA ISSIF PARA PERSONAS FÍSICAS

El SAT dio a conocer las guías para la presentación de la ISSIF de personas físicas.
Lo anterior cuando de conformidad con la fracción V del 32- H del Código Fiscal de la Federación (CFF), en el ejercicio de 2023, estas hayan tenido operaciones con contribuyentes obligados a dictaminarse de conformidad con los supuestos del 32-A del CFF , ya sean personas físicas o morales.
Un punto adicional es analizar la aplicación de la regla 2.6.15 de la Resolución Miscelánea para 2024, la cual «exenta» del envío de ISSIF a partes relacionadas cuando las operaciones no superen 13 millones para actividades empresariales y 3 millones para actividades profesionales.
Adjuntamos el folio que dio a conocer el IMCP al respecto sobre el alcance de esta regla miscelánea.
Finalmente, habrá que verificar que al momento de enviar la declaración de las personas físicas a quienes les aplica esta obligación, es posible adjuntar en el portal del SAT el archivo con extensión .SB2X

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