
Estimados Clientes y Amigos
Como parte de la reforma fiscal de 2022, se modificó la fracción XXVII del artículo 28 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), misma que hace referencia al límite de la deducibilidad de los intereses derivados de deudas contraídas con partes relacionadas residentes en el extranjero que excedan el triple del capital contable del contribuyente, comúnmente llamada como “Capitalización delgada”.
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Saludos.