Estimados clientes y amigos
El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó la Segunda resolución a las Reglas Generales de Comercio Exterior 2020 y sus Anexos, donde destaca la incorporación del campo de decrementables en las operaciones de importación.
Es importante tener en consideración que la incorrecta determinación de gastos decrementables constituye en una infracción aduanera y se aplicará el artículo 200 de la Ley Aduanera al no poder determinarse correctamente los impuestos relacionados al comercio exterior.
Consulta a continuación el boletín que hemos preparado con toda la información: https://bit.ly/34RjyiP
¿Tienes dudas? Recuerda que en Niuko Consultores tenemos a un equipo de expertos en Comercio Exterior para asesorarte.
HOLA TENGO UNA CONSULTA
SI DE EMPAQUE GASTO 5MIL USD Y MI CARGA TIENE UN FLETE EXW DE 6MIL USD, PARA PEDIMENTO DE IMPORTACION DEBO DECLARAR GASTOS DE EMPAQUE?
Y PARA LA INSTALACION EN MEXICO ME GASTARE 10MIL USD LOS DEBO DECREMENTAR PARA PAGO DE IMPUESTOS DE IMPORTACION?
MI CARGA VALO 90MIL USD VALOR FACTURA POR SER MAQUINAS USADAS