🌎Quienes enajenan mercancías al extranjero y las exportan con clave de pedimento A1, deben incorporar obligatoriamente el complemento de comercio exterior en el CFDI que expidan al efecto. Esto en atención a la regla 3.1.34., de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) 2018.
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