Derivado de la cuarta resolución de modificaciones a las RGCE publicada en el DOF, el jueves 2 de noviembre de 2023, además de la modificación a los Anexos 1, 2, 10, 17, 20, y 28, el 29 de diciembre del 2023, entrará en vigor el identificador EO y la modificación del identificador PO.
Estos identificadores se deberán declarar en operaciones de importación, cuando se aplique trato arancelario preferencial de un acuerdo comercial o
tratado de libre comercio en el que el Estado mexicano sea parte.
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