
Como es ya conocido, los nuevos Criterios Mínimos de Seguridad de C-TPAT son aplicables para todos los miembros a partir del 01 de enero de 2020.
Es importante considerar, que, de los Criterios Mínimos de Seguridad publicados en mayo del 2019, se desarrollaron dos nuevos criterios adicionales:
- Contar con un Código de Conducta para empleados y contratistas que defina expectativas y comportamientos deseables.
- Establecer un procedimiento para iniciar análisis posterior a un incidente significativo.
Dichos requerimientos se encuentran disponibles en cada una de las Guías de Criterios Mínimos de Seguridad para las 12 entidades elegibles del programa C-TPAT, con fecha de marzo del 2020.
Si tu empresa se encuentra dentro del programa C-TPAT, les recomendamos consultar el boletín que hemos preparado con toda la información al respecto:
En espera que esta información les resulte de utilidad.
Consulta el boletín con la información completa: https://bit.ly/2XC1i85