
Les recordamos a todas las empresas que les corresponda realizar la renovación de su Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad IVA-IEPS durante enero de 2025, que el trámite debe realizarse con 30 días hábiles previos al vencimiento del oficio de autorización.
Es importante tener en cuenta que, durante diciembre, la autoridad fiscal tiene su segundo periodo vacacional, con fechas no publicadas hasta el momento y que, durante este periodo, los plazos legales no se computan.
Si la renovación se presenta durante días no hábiles (en el periodo vacacional), la autoridad considera que el trámite se realiza hasta el siguiente día hábil, lo cual podría resultar en la cancelación del registro si el vencimiento ocurre antes de ese día.
En nuestra Firma, contamos con una sólida experiencia en auditorías fiscales y cumplimiento normativo, además, utilizamos tecnologías avanzadas para realizar auditorías similares a las que realiza la propia autoridad, lo que te permitirá tener una visión clara y certera de tu situación fiscal.
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