Las empresas con socios o accionistas residentes en el extranjero deben presentar el aviso anual mediante la Forma 96 dentro de los 3 meses posteriores al cierre del ejercicio (generalmente hasta el 31 de marzo).
Este trámite permite que los socios extranjeros no tengan que inscribirse en el RFC.
No presentarlo puede generar multas o complicaciones fiscales.
Si necesitas apoyo, en Niuko contamos con un equipo de expertos en materia fiscal para asesorarte.
Nosotros te apoyamos con el trámite.


