Disminución de pagos provisionales del ISR

Estimados clientes y amigos:

De acuerdo con lo establecido por el artículo 14 de la LISR, las personas morales tienen la posibilidad de disminuir los pagos provisionales de ISR para el segundo semestre del año, para todos los meses del semestre o algunos meses en particular.

Recuerda que debes presentarlo el día 17 del mes en que se pretenda disminuir el pago

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