[BOLETÍN] CFDI con Complemento de Carta Porte

Estimados clientes y amigos:

La regla 2.7.1.9 de la Resolución Miscelánea Fiscal, señala que podrán acreditar el transporte de las mercancías cuando se trasladen en territorio nacional únicamente mediante CFDI de tipo traslado, al que deberán incorporar el complemento “Carta Porte”.

El complemento de Carta Porte fue dado a conocer por medio del portal del SAT el 1 de mayo de 2021 y entró en vigor el 01 de junio del 2021, sin embargo, será obligatorio transcurridos 120 días naturales posteriores al día siguiente del inicio de su vigencia es decir durante este plazo los contribuyentes mencionados en la regla 2.7.1.9 de la RMF podrán optar por expedir el CFDI sin incorporar el complemento “Carta Porte”

A partir del 30 de septiembre de 2021, no podrán deducirse los servicios de transporte de bienes o mercancías con un CFDI de tipo ingreso sin complemento “Carta Porte”, por no cumplir con los requisitos de deducibilidad de los comprobantes fiscales.

A continuación, les compartimos el boletín con el análisis completo: https://bit.ly/3skdSry

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