Ampliación de medidas de protección para fuentes de empleo

El pasado 25 de marzo de 2020, se aprobó un paquete de medidas de protección a las fuentes de empleo por parte de Infonavit, con el fin de contrarrestar los efectos derivados de la contingencia sanitaria por COVID-19.

Dentro de los beneficios destaca las prórrogas para el pago de aportaciones a trabajadores que no cuenten con crédito de vivienda vigente con opción a convenio de parcialidades de hasta un año y prórroga de las mensualidades de los convenios de pago en parcialidades vigentes.

Conforme a la dinámica de la actividad económica actual, Infonavit determinó la necesidad de ampliar el periodo de cobertura de estas medidas de apoyo extraordinarias por lo que, los patrones podrán solicitar conforme al segmento que le corresponda, lo siguiente:

Para PyMEs (patrón con hasta 250 trabajadores):

  • Opción de incluir el cuarto bimestre a la prórroga de pago de las aportaciones de trabajadores sin crédito.
  • Se amplía a noviembre de 2020 la fecha para el pago de las aportaciones de los bimestres prorrogados.
  • Se extiende la prórroga para el pago de las parcialidades de convenio vigente, en dos meses adicionales para llegar como máximo a seis meses (de mayo a octubre).

Para patrones con más de 250 trabajadores:

  • Para los patrones que ya solicitaron la prórroga por el segundo bimestre de 2020, se amplía la fecha de pago prorrogado hasta el 17 de septiembre de 2020 y la posibilidad de prorrogar en el mismo plazo las aportaciones del tercer bimestre de 2020.
  • Para los patrones que no han optado por la prórroga del segundo bimestre estará disponible la opción para solicitar la prórroga del tercer y/o cuarto bimestre del 2020, cuya fecha límite de pago prorrogado será el 17 de noviembre de 2020.
  • Se extenderá en dos meses adicionales la prórroga del pago parcialidades de convenio vigente para llegar como máximo a cuatro meses (mayo a julio)

Durante agosto, estará disponible en el Portal Empresarial del Infonavit, la opción para que las empresas aportantes puedan solicitar la ampliación de la prórroga de las parcialidades vigentes y/o agregar la prórroga de bimestres adicionales, o bien, sólo ampliar la fecha límite de pago prorrogado vigente.

En todos los casos, la fecha límite para poder solicitar los beneficios adicionales será el 31 de agosto de 2020.

En ningún caso la prórroga puede ser mayor a cuatro meses, por lo que, con la ampliación de medidas, la fecha máxima de vencimiento prorrogada es el 17 de noviembre de 2020 (excepto para las grandes empresas que hayan optado por la prórroga del segundo bimestre que será del 17 de septiembre).

El comunicado oficial puede ser consultado a continuación: https://bit.ly/3eVoaWJ

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