Estimados clientes y amigos.
De conformidad con el artículo 25 del Decreto IMMEX y el artículo 8 del Decreto PROSEC, se establece que las empresas que cuenten con Programa IMMEX y/o PROSEC activo tienen la obligación de presentar el Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior respecto del total de ventas y de las exportaciones correspondiente al ejercicio fiscal 2021.
Este reporte se presenta a partir del del 1 de abril únicamente de manera electrónica a través de Ventanilla Única: www.ventanillaunica.gob.mx
Las empresas con Programa de Promoción Sectorial (PROSEC) o PROSEC e IMMEX simultáneos deben presentarlo a más tardar el último día hábil de abril de cada año.
¿Tienes dudas? Revisa nuestro boletín con toda la información.
Recuerda que en Niuko Consultores tenemos a un equipo de expertos en Comercio exterior para asesorarte en la validación y/o presentación de tu Reporte Anual de Operaciones.
¡Presenta tu reporte a tiempo y evita la suspensión de tu programa!
Un cordial saludo.