Aviso de inicio de liquidación o cambio de residencia fiscal

Personas morales que hayan iniciado el proceso de liquidación o que cambien de residencia fiscal deberán presentarse en una oficina del SAT con previa cita, misma que deberá estar registrada en el portal, SAT Móvil o Portal GOB.MX.

Requisitos
  • Documento notarial debidamente protocolizado de la liquidación de la sociedad, donde conste el nombre del liquidador o liquidadores (copia simple y copia certificada para cotejo).
  • Constancia de que la liquidación está inscrita en el Registro Público de Comercio (copia simple y original para cotejo), o en su caso, documento que acredite que la inscripción ante el Registro Público de Comercio (RPC) está en trámite, pudiendo ser mediante una carta emitida por el Fedatario Público que protocolizó el documento de liquidación o a través de una inserción en el propio documento protocolizado (copia simple y original para cotejo).
  • Identificación oficial vigente del representante legal de la liquidación, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de condiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
  • Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal de la liquidación (copia simple y copia certificada para cotejo).
  •  Forma oficial RX, «Formato de Avisos de Liquidación, Fusión, Escisión y Cancelación al Registro Federal de Contribuyentes» (en dos tantos), o bien, puedes utilizar la versión editable
  • Para los contribuyentes que son sujetos obligados por realizar actividades vulnerables de conformidad con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con recursos de Procedencia Ilícita, y su reglamento; deben presentar el acuse de su baja del padrón de actividades vulnerables.
 Para obtener toda la información te invitamos a dar clic en el siguiente enlace.

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